¿Hace falta que la empresa tenga la cobertura de tantos seguros?
En rigor, hay algunos obligatorios y otros no.
Vida Obligatorio y Vida Colectivo: Son obligatorios, son sumas poco considerables que las cobran los deudos del trabajador para cubrir gastos de sepelio.
ART: Obligatorio para cubrir muerte o problemas de salud provocados por el trabajo. Vale aclarar que sólo cubre en el fuero laboral.
Accidente de trabajo complementario: No es obligatorio. En caso de accidente o muerte sirve para cubrir e el fuero civil. Si hay reclamo del trabajador aacidentado o de sus deudos, alguien va a pagar. Si la empresa no es solvente puede llegar a pagar el consorcio, el establecimiento o el administrador. De ahí la importancia de estar cubierto.
Responsabilidad Civil: No obligatorio, fundamental para cubrir gastos de materiales de cualquier naturaleza. Cuando se trabaja con instalaciones de un consorcio o una escuela que a veces no están en óptimas condiciones puede haber daños que entran en una zona gris para determinar quien tiene la culpa.
Lo mejor es un seguro que lo cubra.